lunes, 25 de octubre de 2010

DERECHOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS


3. derechos individuales y colectivos “derechos humanos”
Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, orientación sexual, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente. Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas, identificándose consigo mismos y con los otros.
3. Derechos individuales y colectivos “derechos individuales”
es un concepto perteneciente al Derecho constitucional, nacido de la concepción liberal que surgió de la Ilustración, que hace referencia a aquellos derechos de los que gozan los individuos como particulares y que no pueden ser restringidos por los gobernantes, siendo por tanto inalienables, inmanentes e imprescriptibles. quienes los llevaron a sus últimas consecuencias fueron los norteamericanos cuando, cambiando la relación entre el gobierno y el ciudadano, determinaron el papel del gobierno en relación a la protección de Los Derechos Individuales. Y quizá lo más específico de este cambio fue "el derecho a la búsqueda de la felicidad", con el reconocimiento del valor ético de los intereses particulares como condición necesaria para el reconocimiento jurídico y político de Los Derechos Individuales.
3.derechos individuales y colectivos “ derechos colectivos”
se refiere al derecho de los pueblos a ser protegidos de los ataques a sus intereses e identidad como grupo. El más importante de estos derechos es el derecho de autodeterminación. Para algunos autores, los derechos colectivos se clasifican entre los derechos de tercera generación a Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó.  la Declaración Universal de Derechos Humanos, y a partir de entonces ha sido adoptada por cada uno de los Estados. Todos los derechos especificados en la declaración estaban basados en el individuo, como el derecho a la no discriminación, a la libertad de movimiento, privacidad, al matrimonio por libre consentimiento de los esposos, a condiciones justas y favorables en el trabajo, a la participación en la vida cultural, a una igual protección ante la ley, etc.

 3. Derechos individuales y colectivos “racismo”
Es una forma de discriminación de las personas recurriendo a motivos raciales, tono de piel u otras características físicas de las personas, de tal modo que unas se consideran superiores a otras. El racismo tiene como fin intencional o como resultado, la disminución o anulación de los derechos humanos de las personas discriminación racial» denotará toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública". Artículo 1 de la Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, Naciones Unidas, 1965 Apareció en Europa en el siglo XIX con el fin de justificar la supremacía de una supuesta "raza blanca" sobre el resto de la Humanidad.

3. derechos individuales y colectivos  “violación de derechos humanos”
A pesar de existir un amplio dispositivo nacional, regional, e internacional para la defensa de los derechos de los hombres no hay un respeto absoluto por estos. En muchos países se manifiestan violaciones a los derechos humanos. Un caso típico de violación encubierta de los derechos humanos puede surgir de las mismas desigualdades que se manifiesten en la sociedad. Cuando una parte de la población no tiene acceso a un mínimo bienestar quedan coartados los derechos humanos. La libertad posibilita el goce de los derechos cuando convive con la igualdad. Esta apunta a que todos los habitantes de un país puedan alimentarse, tener una vivienda, trabajo, educación, salud, etcétera. El terrorismo, la represión, la censura, la discriminación, la miseria y las transgresiones de los derechos del niño son las principales violaciones que sufren los derechos humanos y es conveniente destacar que ninguna de las acciones mencionadas es más importante que otra.

3. derechos individuales y colectivos  “historia de los derechos humanos”
Los derechos humanos son facultades individuales y sociales que se fundan en las exigencias propias de la naturaleza humana, relacionadas con la protección, conservación, desarrollo e integridad de la vida, tanto en sus aspectos físico, psicológico e intelectual.Sus rasgos distintivos son su universalidad, pues pertenecen a todas las personas, sin importar sexo, edad, posición social, raza, creencia religiosa o condición económica; son limitados debido a que sólo llegan hasta donde comienzan los derechos de los demás o los justos intereses de la comunidad y son inalienables en tanto no pueden perderse o transferirse por voluntad propia porque son inherentes a la idea de dignidad del hombre.

3. derechos individuales y colectivos “el aborto”
También llamado interrupción voluntaria del embarazo,  consiste en provocar la interrupción prematura del desarrollo vital del embrión o feto para su posterior eliminación, con o sin asistencia médica, y en cualquier circunstancia social o legal. Es distinto, por tanto, delaborto espontáne, que se refiere al hecho que se presenta de manera natural y sin que medie voluntad de eliminar al nasciturus (‘el que ha de nacer’) por parte de la madre o por parte del médico que atiende el trabajo de parto. A través de la historia, el aborto inducido ha sido frecuente materia de controversia por sus implicaciones éticas, morales y sociales. Ha sido prohibido o limitado en diversas sociedades y permitido en otras, aunque los abortos continúan siendo comunes incluso donde la presión social o la ley se oponen a ellos.

3. derechos individuales y colectivos “derechos individuales y colectivos en México “
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un organismo constitucional autónomo del Estado mexicano que se encarga de velar y dar cuenta de las violaciones a los derechos humanos, defendiendo los mismos de modo similar a las Defensorías del Pueblo (Ombudsman), que existen en varios países de América Latina y Europa. Su actual titular es José Luis Soberanes.Esta es la comicion mas grande del pais encargada de la protección de los derechos humanos.

3. derechos individuales y colectivos “ esclavitud en nuestros tiempos”
Hoy la esclavitud toma variadas formas, por esto en este último punto, no voy a limitarme a la esclavitud africana porque hoy la esclavitud nos acecha a todos: por un lado, los países desarrollados mantienen a los países subdesarrollados bajo un régimen de servilismo y explotación, donde las cadenas y los látigos se han camuflado en los requerimientos del Fondo Monetario Internacional, el cual exige cada día más las reservas y recursos naturales como pago de intereses de una deuda externa agiotista y oportunista a la cual entregamos nuestra autonomía y nuestra propia supervivencia como pueblos; por otro lado, subsiste la venta y tráfico ilegal de personas, tráfico donde las principales -aunque no exclusivas- víctimas son los niños, los pobres, las mujeres, los desvalidos, los inmigrantes y las minorías étnicas o raciales. Sus actividades más frecuentes son: el trabajo forzoso en la agricultura y en la industria (en industrias famosas y no tan famosas),[xiii] la prostitución, la pornografía, el tráfico de drogas, el robo, el trabajo doméstico, la mendicidad obligatoria, la venta callejera, etc., etc.


 3. Derechos individuales  colectivos “derechos humanos y  pueblos indígenas”
La Asamblea General de la ONU aprobó el 13 de septiembre de 2007, la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas, un instrumento internacional cuyas negociaciones tomaron dos décadas y que protegerá a más de 370 millones de personas pertenecientes a esas comunidades en todo el mundo. La Declaración consta de 46 artículos y establece parámetros mínimos de respeto a los derechos de los pueblos indígenas, que incluyen propiedad de la tierra, acceso a los recursos naturales de los territorios donde se asientan, respeto y preservación de sus tradiciones y autodeterminación. El documento también reconoce derechos individuales, y colectivos relativos a la educación, la salud y el empleo, Reafirmando que, en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación.

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